viernes, 30 de abril de 2021
MAMA ERES LA MEJOR!!!!
jueves, 22 de abril de 2021
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA EJERCER EL DERECHO A VOTO
Elecciones a la Asamblea de Madrid - 4 de mayo 2021
PERMISOS RETRIBUIDOS PARA EJERCER EL DERECHO A VOTO
La Comunidad de Madrid ha establecido las normas para los permisos laborales el d铆a de las elecciones.
Las disposiciones para que se ejerza el derecho a voto en la Comunidad de Madrid, y que se recogen en la resoluci贸n 24 de marzo de 2021, son las siguientes:
https://www.bocm.es/boletin/
a) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un per铆odo inferior a dos horas: no tendr谩n derecho a permiso retribuido.
b) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o m谩s horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutar谩n de permiso retribuido de dos horas.
c) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o m谩s horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: disfrutar谩n de permiso retribuido de tres horas.
d) Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o m谩s horas con el horario de apertura de las mesas electorales: disfrutar谩n de permiso retribuido de cuatro horas.
Para las personas trabajadoras que tengan un horario reducido o un contrato parcial, la duraci贸n de los permisos se reducir谩 en proporci贸n a la relaci贸n entre su jornada de trabajo y la jornada completa de los trabajadores en la misma empresa.
La legislaci贸n de la Comunidad de Madrid establece que son las empresas las que decidir谩n en qu茅 momento de la jornada puede ir el trabajador a votar. Adem谩s, pueden solicitar un justificante que deber谩 ir firmado por el presidente de la mesa electoral que les corresponda.